Acá es muy importante el rol del abogado defensor, pues existen múltiples circunstancias que deben ser resueltas en minutos, como así también hay planteos que deben hacerse inmediatamente ante determinada eventualidad.
En caso que ud. sea imputado, el órgano acusador público (fiscal) y si existe acusador particular (querellante / particular damnificado) intentarán convencer al Tribunal de su responsabilidad en el hecho que se le imputa, para ello intentará formular su tesis incriminatoria y la función del defensor será la de formular su antítesis.
A lo largo del juicio hay innumerables planteos que deben ser resueltos previa intervención de las partes en cuestión de minutos y para ello, se requiere una AMPLIA EXPERIENCIA.
El proceso oral (técnicamente denominado debate oral) posee una vital relevancia como conclusión de la estrategia de defensa del imputado, desarrollada durante la etapa anterior (la instrucción/investigación preparatoria).
Y esta es la instancia procesal que conforme la prueba producida en el debate, los jueces formarán su convicción respecto de la acreditación material del hecho, su calificación legal y consecuente responsabilidad penal del imputado, el monto de la pena a imponer o su absolución.
En esta etapa es de vital importancia la actuación del abogado defensor durante su desarrollo, ya que existen múltiples circunstancias que deben ser planteadas o resueltas en minutos (y a veces en segundos).
En caso de ser imputado recuerde que el órgano acusador público (Fiscal) y si existe un acusador particular (querellante) intentarán convencer al tribunal de su responsabilidad en el hecho que se le imputa, para ello, se intentará formular su tesis incriminatoria, y la función del abogado defensor será la de formular su antítesis.
Una defensa durante esta etapa, que carezca de contundencia dará como resultado un perjuicio importante para el imputado, y una eventual condena.
Por lo tanto debe confiar su defensa al abogado que mejor garantice el pleno ejercicio de su defensa en juicio.
Tenga en cuenta además, que contra las sentencias dictadas por los tribunales orales, no se agotan las posibilidades del imputado (como tampoco de la victima del delito), pues existen los respectivos recursos de casación para lograr una revisión integral de la sentencia que le cause perjuicio y eventualmente ante la Tribunal Superior (Suprema Corte de la prov. de Bs. As./ Tribunal Superior de justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires / Corte Suprema de Justicia de la Nación), que por jurisdicción corresponda.