Lo que Ud. debe saber antes de contratar un defensor penal:
1) Cuando una persona, ingresa en el ámbito del derecho penal, principalmente quienes por primera vez se ven imputados en una causa, se genera un verdadero caos, se establece contacto con el primer abogado que se conoce o por medio de terceros, intervienen los familiares, amigos, y descuidan averiguar a fondo si es especialista en la materia. Es por ello que la primera regla a tener en cuenta es que el abogado que contrate pueda resultar efectivo en la defensa penal, y sea experto en la materia.
2) Al problema de verse involucrado en una causa penal, el imputado (o sus familiares si éste se encuentra detenido), se suman abogados que ofrecen sus servicios, por ejemplo; en los lugares de detención, puertas de los mismos juzgados, ingreso a penales, con ofertas tentadoras y honorarios sumamente bajos, formulan innumerables promesas, aún siquiera sin saber de que asunto se trata, y ahí comienza a escucharse la “palabra mágica”, EXCARCELACIÓN, tomada como un remedio que es exactamente lo que; tanto los familiares como el propio imputado quieren oír desde el momento mismo de su detención, tiene que saber que LA EXCARCELACIÓN, es una circunstancia del proceso, que puede solicitarse, más nunca garantizarse que pueda prosperar indefectiblemente.
Incluso se cobran honorarios, “por la excarcelación”, que resultan también tentadores, ya que la presentación del escrito puede demorar al abogado menos de 10 minutos y dos carillas en su escrito.
Y luego viene el rechazo, por parte del Juez y ¿como seguimos?
Ahí , vienen una serie de recursos en algunos casos complejos, que quienes presupuestan honorarios por la excarcelación, no tienen en cuenta y el resultado es que renuncian a la defensas o solicitan una importante suma de dinero.
Es por ello que la segunda regla a tener en cuenta es que LA EXCARCELACIÓN, tomada como un trabajo del abogado en forma aislada no tiene ningún valor ya que se puede revocar en cualquier momento, o llegar al juicio oral, y luego resultar con una condena acorde la gravedad del delito imputado, pero no se cumplieron los objetivos finales.
3) Se debe contratar un abogado particular obligatoriamente ¿? no, el imputado, en caso de no querer o no poder solventar los honorarios de un abogado particular, tiene derecho a que se le designe un defensor oficial, que puede sustituirse por un abogado particular en cualquier momento.
La diferencia es que la gran cantidad de causas que debe llevar el defensor oficial, no le permite en determinadas circunstancias atender la inquietudes de los imputados, y en ocasiones se trata de aplicar la ley del mínimo esfuerzo, se le proponen juicios abreviados (sin derecho a defensa por el imputado), suspensión del juicio a prueba (aun en causas en que existiría la posibilidad de resultar sobreseído o absuelto), y poseen su propio criterio de actuación, conforme a directivas que le son impuestas.
En ocasiones, los defensores oficiales suele denominárselos “abogados gratuitos”, con la diferencia que NO LO SON.
Aclarado que si Ud. no posee ningún bien a su nombre ni ingresos mensuales serán incobrables los honorarios del defensor oficial, pero en caso de condena (no de absolución) sucederá lo que aquí puede verse:
Pero en definitiva, ante un abogado sin experiencia en el fuero penal, son mucho más efectivos.
La tercera regla que se podría establecer es que; si no puede comprometerse a contratar un defensor particular, y solventar su honorarios hasta el final de la causa penal, sea defendido por el defensor oficial.
4) ¿Cuando debe cambiar de abogado? En principio y si Ud. juzga a su abogado por sus resultados durante el proceso, siempre va a estar disconforme, ya que es muy difícil que las personas puedan conocer a fondo cual es el fin de la defensa penal, que no es precisamente durante el proceso de instrucción, muchas veces se requiere el momento indicado de efectuar los planteos, y la actuación en definitiva se verá con el resultado final del juicio.
Que no debiera apartarse de los lineamientos expuestos por el abogado durante la explicación de la estrategia de defensa.
Y esto se verá con su actuación durante el juicio oral. En ocasiones que quienes no son especialistas en materia penal, al llegar esta etapa (juicio oral), “casualmente deben viajar” o “no pueden hacerse presente por algún problema en particular”, como resultado, Ud. invirtió dinero en una defensa penal que luego finalizará en manos del defensor oficial o un letrado experimentado que le cobrará sus honorarios como si la causa recién comenzara, ya que debe además de desplegar una estrategia propia, lidiar con la actuación del letrado anterior, y recién se dará cuenta que “lo barato sale caro”.
Es por eso que la cuarta regla a tener en cuenta, es que se debe hacer un convenio de honorarios en el que se detalle claramente cual serán la obligaciones de las partes (abogado y cliente), y no cambiar de abogado permanentemente.
5) En ocasiones, las personas privadas de su libertad, reciben muchas ofertas por parte de los mismos internos alojados en el penal, recomendando a sus propios letrados.
Para ello, realizan una tarea de “inteligencia” indagando al detenido sobre sus posibilidades económicas, o las de sus familiares, y una vez asegurada la solvencia, comienzan a entrometerse en la actividad del abogado defensor de su “compañero”, es así que logran que el potencial cliente, comience a llamar desde el penal exigiendo resultados, a su actual defensor, quizás le compare su caso con otro detenido que ante “un caso parecido”, logró la excarcelación, y él no, olvidando quizás que las situaciones no son iguales. Ejemplo, si el imputado dio un nombre falso al momento de su detención o se identificó con un documento falso o aportó un domicilio falso, difícilmente pueda ser excarcelado durante el proceso, en igual sentido si tiene condenas anteriores o causas en las que se encontraba prófugo.
Como consecuencia, terminará pidiendo a su familia que contrate “al recomendado por su compañero de alojamiento”, y obteniendo beneficios, ya que este letrado tendrá en cuenta lo que reciba del “recomendado”.
La quinta regla sería ser cauteloso con los abogados recomendados dentro de los penales o por terceras personas.
6) Compruebe que el abogado que contrate se encuentre inscripto en la matrícula, en ocasiones, hay personas que se presentan como abogados y no lo son, se le adelantan sumas de dinero y luego nunca más aparecen, para evitar ser engañado, compruebe si se halla debidamente habilitado para ejercer la profesión, ingresando en los siguientes sitios con el nombre y apellido del abogado en cuestión (y si tiene datos de matriculación del abogado en cuestión – tomo y folio mejor- ):
Otro de los recaudos a tener en cuenta es que; el letrado de su confianza se encuentre registrado en AFIP., con sus impuestos pagos al día, y que le entregará una factura con la que Ud. puede demostrar que ha contratado sus servicios.
Por lo tanto, la sexta regla es comprobar que el abogado a contratar se encuentre habilitado.
7) ¿Se debe abonar la consulta?. Evacuar consultas gratuitas, es una violación a las leyes y una falta de ética profesional, indican que el letrado posee mucho tiempo libre para escuchar a potenciales clientes, claro está que en ocasiones son temas complejos y es muy difícil determinar anticipadamente el costo de la misma.
Si la consulta es por un tema en particular y específico se debe abonar, ya que si el cliente no posee dinero para solventar los honorarios de la consulta, muy difícilmente pueda abonar los honorarios del costo de la defensa en forma completa. El monto de la consulta dependerá de la extensión del asunto.
El abogado que realiza consultas gratuitas (en materia penal) es un delincuente y se comportará como tal, la consulta gratuita “es la más clara demostración que aceptará incluso llevar adelante la defensa con muy bajos honorarios”, y los resultados ser verán con el transcurso del proceso, le pedirá indefinidamente sumas de dinero hasta que ya no pueda pagarle más y toda su inversión en una defensa será inútil.
Prevéngase contra estos delincuentes, que cuando llegan etapas complejas “se fugan”.
Por lo tanto la séptima regla podría decirse que es “evite perder su tiempo”, “conversando” con abogados gratuitos, le dirán lo que Ud. quiere escuchar y por lo general le prometerán mucho más de lo que pueden cumplir, y terminan siendo los más caros.
Esperamos que la información haya sido de utilidad.
Saluda Atte. Rossi / Villanueva Abogados.